La postura del delito con castigo es la que se entiende en la mayoría de los países del mundo. Estados Unidos, por ser el primer país del mundo según tantos criterios, es una excepción entre los países más desarrollados. Lo normal en el primer mundo es entender que el delito es un error que puede corregirse.
La pena de muerte es una postura lógica en la postura represora. Un criminal demasiado malvado no es más que un estorbo para la sociedad y si se le quita de enmedio el mundo funcionará mejor. Si pensamos en los delitos como meros errores, la pena de muerte carece de sentido.
La pena de muerte
Básicamente las posturas ante la pena de muerte son esas dos: si el criminal es irrecuperable, o no se desea intentar su reinserción, se le mata. De lo contrario, se le permite la vida.
Aún queda el intangible principio del Derecho a la vida. En mi opinión, esta frase es tan etérea, que carece de sentido. Parece un Derecho Fundamental, casi el más elemental de todos. ¿Cómo se puede tener derecho a una vivienda digna si primero no se tiene derecho a la vida?
El derecho a la vida es un terreno movedizo dentro de cualquier sistema jurídico. Parece una convención elemental e incuestionable, pero en realidad es un término vago que provoca muchos quebraderos de cabeza posteriores. ¿Qué se pretende defender cuando se habla de derecho a la vida? La idea principal es establecer que ninguna ley escrita por los hombres puede oponerse a la Ley Natural en que un animal, en este caso el hombre, luchará hasta las últimas consecuencias por salvar su vida. Alguien que mate a un criminal en defensa propia, cuando corriera riesgo de perder su vida, no deberá ser castigado por la ley (o al menos no muy severamente). Además, deben promoverse leyes que faciliten el que los ciudadanos mantengan su vida: penando con dureza los asesinatos, tratando de encontrar a los asesinos con mayor interés que al resto de delincuentes.
La formulación del concepto es muy simple, pero da problemas cuando se abordan cuestiones relativas al aborto, la eutanasia y la pena de muerte. Precisamente la simplicidad del término Derecho a la vida acarrea todos estos problemas. Al igual que los principios de las Matemáticas pudieron revisarse en el siglo XX, quizás el enunciado de ese derecho, que suele ser uno de los primeros de todas las constituciones, debiera realizarse en términos menos sencillos pero más exhaustivos. Escapa a mis posibilidades sugerir un enunciado alternativo.
Los dos sistemas
A la hora de elegir un sistema legal, no se suele responder a la más importante de todas las preguntas. ¿Qué ocurrirá si el sistema no funciona? Esta pregunta parece que implica una especie de debilidad, como si no se pudiera llevar a cabo lo que se pretende. Sin embargo, siempre hay que preguntarse ¿Qué puede fallar? y ¿Qué ocurre si algo falla?
En realidad, el sistema represor y el sistema educador fallan por completo. Estados Unidos tiene una población reclusa de 1.700.000 personas. Algo más de los habitantes totales de Barcelona capital. Un error común es pensar que porque la población de presos en los Estados Unidos es tan elevada, su sistema legal funciona peor que en países donde la proporción es mucho menor. Estos razonamientos al peso nunca me han gustado si no vienen acompañados de razonamientos reales.
Muchas de las cárceles americanas son privadas. Una cárcel privada es un negocio en que el Estado se ahorra el tener que pagar el sustento de varios miles de personas durante muchos años. La cárcel es capaz de generar dinero en sí misma, con la mano de obra barata que suponen los propios reclusos. En países civilizados como España, una cárcel es un gasto que tenemos que pagar todos los contribuyentes de nuestro bolsillo.
En Estados Unidos las penas de cárcel son muy elevadas. La reincidencia multiplica exponencialmente el número de años: un delito de tráfico de drogas te tiene cinco años a la sombra. El segundo te tendrá apartado durante veinte. Siempre hay que pensar en los pobres diablos que hayan sido acusados injustamente y hayan acabado siendo condenados. Para ellos, la severidad excesiva del sistema legal norteamericano cae con un peso desproporcionado. También ellos son una víctima de este sistema legal que tantos defectos tiene.
En resumen, el método represor tiene los siguientes inconvenientes:
a) Inclusión de la pena de muerte como posible condena.
b) Excesivas condenas por delitos tal vez no tan graves.
c) Trato duro y a veces abusivo dentro de la cárcel.
Por otro lado, nos encontramos con el sistema español, que es el más extendido por Europa. Según él, la culpa del delito la tiene el Estado, el delincuente no es más que un ejecutor de la infracción. El Estado, una vez juzgado el criminal, hará todo lo posible por reinsertarlo en la sociedad. Para aquellos que acaben en la cárcel por un delito que no han cometido, este sistema es mucho mejor.
Los inconvenientes del método legal benévolo que tan bien conocemos son claros:
a) Delincuentes con penas muy breves, quedando en libertad en poco tiempo.
b) Impunidad del delito, por cuanto el criminal no tiene tanto miedo a la posible condena.
c) El porcentaje de delincuentes en libertad es mucho mayor que en el sistema americano.
En mi opinión el problema de nuestro sistema legal y del europeo en general, es que los errores de su formulación los acaban pagando las personas honradas, mientras que en sistema americano, son los presidiarios los que padecen los defectos del sistema.
En lugar de asumir que nos encontramos ante un sistema que siempre tendrá errores, y que deberíamos tratar de escoger el sistema que menos errores provoque, se establece una lucha sin fin tratando de solucionar cada una de las deficiencias, para después descubrir nuevas, en un proceso infinito.
Los beneficiados
¿Por qué sin embargo el sistema europeo ha tenido tanto éxito?
En mi opinión, la causa fundamental es pensar quiénes obtienen beneficio con un sistema y con el otro, olvidándonos de los presos y las víctimas.
En Estados Unidos hay más cárceles en proporción que en los países de Europa. Luego tienen que pagar a más carceleros. Ser carcelero es una profesión con buenas perspectivas laborales. También los empresarios, dueños de cárceles privadas, ganan dinero, tanto más cuantos más prisioneros alberguen en sus cárceles. Pero los mayores beneficiados son, sin duda, los propios ciudadanos que no tienen que pagar un sistema costoso de cárceles. El porcentaje de sus impuestos que va al mantenimiento de las cárceles es relativamente bajo.
En España, son los psicólogos los grandes beneficiados con el sistema. Un porcentaje elevado de psicólogos y trabajadores sociales está empleado en cárceles españolas. Con la difícil misión de seguir el progreso de los presos, de tratar de llevarlos por el buen camino, si se implantase un sistema de mano dura, muchos de ellos acabarían en la fila del INEM. El preso culpable no necesita un psicólogo, sino un pico y una pala, como diría todo alcaide que se precie.
Pero sin lugar a dudas, aún más beneficiados son los juristas. Elegir un sistema que es decididamente ineficiente aumenta el número de casos que atender. Un mismo preso puede tener el doble o el triple de condenas - y por tanto de juicios - que el que tendría de estar en Estados Unidos. Además, constantemente habrá que reformar las leyes, tratando de parchear un sistema tan deficiente. Los retoques de leyes implican largas discusiones amenizadas con dietas generosas y estancias en hoteles de máxima calidad. Viajes en avión de primera clase y taxis con el cuentakilómetros desbocado.
En España, los carceleros - o funcionarios de prisiones como gustan ser llamados - tienen menos voz que un concejal de Cuenca. Mientras, los jueces y psicólogos tienen mucho más peso. En realidad en la vieja Europa los juristas siempre han tenido un gran poder y relevancia, desde los tiempos del Imperio Romano.
Así, quizás el sistema americano es simplemente mejor porque es el que más se preocupa por el bolsillo y la integridad física de las personas inocentes. Y a los europeos, siempre nos costará reconocer que ellos hacen algo mejor que nosotros. Aunque para ello tengamos que ser atracados de vez en cuando.


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